El futuro fiscal de los planes de pensiones

¿Reducir las ventajas fiscales de los planes de pensiones? No, por favor. Lo que hay que hacer es todo lo contrario: fomentar aún más la utilización de este vehículo de ahorro mejorando su fiscalidad.

Fernando Luque 19/11/2004
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Las propuestas del Secretario de Estado de Hacienda de “suavizar” las ventajas fiscales de los planes de pensiones han provocado un gran revuelo entre las entidades financieras. Lo cierto es que nunca una propuesta, o un globo sonda como se le quiera llamar, de esta naturaleza ha sufrido tanta desaprobación. La idea de recortar, de alguna forma, las ventajas fiscales de las que gozan actualmente los planes de pensiones no sólo ha encontrado el contundente rechazo de las entidades financieras o grupos afines (como las patronales Inverco o Unespa) sino también de las distintas asociaciones de consumidores que representan los intereses de los ahorradores.

La eliminación de las ventajas fiscales de los planes de pensiones supondría, evidentemente, la muerta pura y simple de un instrum

ento de ahorro que ha funcionado relativamente bien hasta ahora (aunque quedan muchos flecos por mejorar). Según los últimos datos publicados por Inverco, el patrimonio gestionado por los planes de pensiones del sistema individual alcanzaba, a finales de octubre, unos 32.800 millones de euros. Es una cifra relativamente baja en comparación con los fondos de inversión que gestionan más de 210.000 millones de euros, pero representa un incremento del 20% respecto a los datos de octubre del 2003.

Eso significa que los ahorradores se están, poco a poco, acostumbrando a utilizar este vehículo de inversión para preparar sus futuras jubilaciones. Y lo hacen, básicamente, atraídos por su ventajosa fiscalidad. Hay que recordar, brevemente, que las aportaciones a planes de pensiones se pueden deducir de la base imponible hasta un determinado límite que depende de la edad: 8.000 euros anuales para aquellos partícipes que tengan menos de 52 años, una cantidad que se verá incrementada en 1.250 euros por cada año que el partícipe exceda de 52, hasta un tope máximo de 24.250 euros para las personas de 65 años o más.

Por otra parte, desde varias instancias, se nos recuerda, cada dos por tres, que, en el futuro, es poco probable que el sistema público de pensiones sea tan generoso como lo es hoy en día. Un reciente estudio de la gestora del Grupo Santander recuerda, por ejemplo, que “los años de servicio utilizados para el cálculo de la pensión de la Seguridad Social incluyen toda la vida laboral en el caso de Alemania, el salario medio de los 25 años con mayores salarios en Francia y los 15 últimos años de trabajo en España”.

También recalca que, en nuestro país, el llamado primer pilar del sistema de pensiones (el de la Seguridad Social) se verá, en un futuro próximo, especialmente amenazado por el envejecimiento de la población. De ahí la necesidad de fomentar, aunque sea a golpe de ventajas fiscales, los planes de pensiones tanto de empleo (el segundo pilar) como individuales (el tercer pilar). Es el camino elegido por prácticamente todos los países europeos.

¿Entonces por qué crear dudas sobre la continuidad de las ventajas fiscales de los planes de pensiones? Lo que hace falta, al contrario, es mejorar aún más su fiscalidad. Porque, contrariamente a lo que piensa la mayoría, las ventajas fiscales de los planes sobre otros vehículos de inversión, como, por ejemplo, los fondos de inversión, no son tan amplias como puedan parecer a primera vista... si no fijénse en el pequeño caso práctico siguiente.

Unas ventajas no tan abultadas

Pongamos, por ejemplo, frente a frente a dos ahorradores con, cada uno, 6.000 euros en los bolsillos. El primero decide invertir esos 6.000 euros en un plan de pensiones con un horizonte de inversión de diez años. El otro, en un fondo de inversión al mismo plazo. Supongamos, además, que la rentabilidad obtenida es idéntica en ambos casos: del 4% anual.

¿Al cabo de esos diez años, quién de los dos habrá recuperado el mayor capital? El primero, me direis, ya que ha invertido su dinero en un plan de pensiones y se habrá aprovechado de sus enormes beneficios fiscales. Respuesta correcta, pero ¿qué diferencia le habrá sacado al ahorrador que ha elegido el fondo de inversión? Para saberlo tenemos que coger la calculadora.

Primero, vamos a calcular el capital ahorrado al cabo de esos diez años en el plan de pensiones. En este caso, hemos partido de la hipótesis (ficticia, lo admito) de que la deducción fiscal permitida por el plan de pensiones se reinvierte en su totalidad en ese mismo plan. Vamos también suponer que nuestro amigo tiene un tipo marginal del 30%, por lo que la ventaja fiscal del plan es de 1.800 euros (6.000 euros x 30%): es la cantidad que se ahorraría en su factura fiscal y la que reinvierte en el plan. En total, por lo tanto, es como si invirtiera 7.800 euros a un 4% anual durante diez años, lo que da una cantidad a vencimiento de:

7.800 x (1 + 4%)^(10) = 11.546 euros.

Veamos ahora lo que ha podido amasar el inversor que ha elegido el fondo de inversión. Aquí el cálculo es bastante más sencillo:

6.000 x (1 + 4%)^(10) = 8.881 euros.

Esto supone que el plan de pensiones ha conseguido una cantidad un 30% superior a la del fondo de inversión.

Pero, por supuesto, el cálculo no se detiene aquí. Hay que tener en cuenta el impacto fiscal a la hora de retirar el dinero y esta vez va en detrimento del plan de pensiones.

En el caso de los fondos de inversión, el inversor sólo tributa por la ganancia acumulada. Como ha pasado más de un año, esa ganancia tributará al tipo fijo del 15%. Nuestro amigo que ha elegido el fondo de inversión tendrá que pagar impuestos por:

(8.881 – 6.000) x 15% = 432 euros.

Y, por lo tanto, el neto que le quedará después de impuestos será de:

8.881 – 432 = 8.449 euros.

En cuanto al partícipe del plan de pensiones, éste deberá tributar (como rendimiento del trabajo, al tipo marginal) por el 60% del dinero retirado (hemos supuesto que percibe el dinero en forma de capital, todo de golpe, por lo que se beneficia de la deducción del 40%) y deberá pagar en concepto de impuestos:

11.546 x 60% x 30% = 2.078 euros

Y tendrá un capital neto de:

11.546 – 2.078 = 9.468 euros

Como vemos, la diferencia (un 12% más) entre el plan de pensiones y el fondo de inversión no es tan amplia como podíamos imaginar, por lo que es fundamental no sólo mantener las ventajas fiscales de las aportaciones sino también mejorar la tributación de las prestaciones.

Dicho esto, en la práctica, la diferencia entre un producto y otro es aún más corta ya que, en general, las comisiones de gestión y depósito de los planes de pensiones son más altas que las de los fondos de inversión y, por lo tanto, su rentabilidad es más baja.... pero esta es otra cuestión... en la que las autoridades también deberían tomar cartas en el asunto.
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Sobre el Autor

Fernando Luque

Fernando Luque  es el Senior Financial Editor de www.morningstar.es

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