Camino hacia MiFID II: ¿qué tipo de inversor es usted?

Definir el objetivo de inversión, el horizonte temporal y la actitud frente al riesgo es fundamental para saber qué tipo de inversión proponer al cliente

Fernando Luque 05/05/2017
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Falta muy poco para que entre en vigor la normativa MiFID II para inversiones que afectará especialmente a los partícipes de fondos de inversión. La idea de la directiva europea es muy simple: ofrecer una mejor protección y una mayor transparencia al inversor final. Lo cierto es que MiFID II traerá cambios importantes tanto para los inversores, como para las gestoras, los distribuidores y los asesores financieros, y afectará en la práctica a todos los niveles de relación que pueden existir entre estos diferentes actores: no sólo en la compra del producto, sino también en la elaboración de la propuesta de inversión, en el seguimiento de los resultados y en la manera en que se presenta la información.

Eso es lo que queremos demostrar con esta serie de artículos “Camino hacia MiFID II” y presentarle de forma práctica qué supondrá la puesta en práctica de esta nueva directiva europea de la que tanto se está hablando, pero quizá no lo quede claro lo que supondrá en la práctica.

En nuestro primer artículo nos vamos a centrar en la relación entre el asesor o comercializador de producto o servicio y el cliente final. El primer paso es sin duda la definición del tipo de cliente al que le se quiere ofrecer un determinado producto o servicio.

No es algo novedoso. Muchos inversores se han sometido últimamente a un cuestionario o varios cuestionarios para intentar definir claramente qué tipo de inversor uno es y a qué perfil de riesgo pertenece. Es lo que se conoce como Test de Conveniencia (para averiguar la experiencia y los conocimientos financieros del cliente o futuro cliente) y Test de Idoneidad (para ver qué producto o servicio se adapta mejor a su perfil de riesgo).

Hay muchos cuestionarios distintos, pero me voy a centrar en el llamado “Cuestionario de Riesgo” que hemos elaborado en Morningstar para evaluar el perfil de riesgo (valga la redundancia) del inversor. En realidad, el cuestionario va más allá de la pura identificación del perfil de riesgo. Trata de evaluar el tipo de inversor que somos.

En ese cuestionario hay 3 aspectos clave:

  • El objetivo de inversión
  • El horizonte temporal
  • La actitud frente al riesgo

 

¿Cuál es el objetivo de inversión?

En este apartado nos preguntarán si nuestro objetivo es obtener un rendimiento con nuestro patrimonio o si lo que pretendemos es hacer crecer ese patrimonio. Las recomendaciones de inversión son, evidentemente, distintas en un caso y en otro. Dentro de este apartado también es importante saber qué impacto tendría en nuestro nivel de vida si perdiéramos dinero con nuestras inversiones.

Risk Quest 1

 

¿Cuál es el horizonte temporal?

Una vez definido el objetivo, el siguiente paso es definir el horizonte temporal. Nos preguntarán, por ejemplo, cuándo tenemos pensado utilizar el dinero invertido y cuánto tiempo esperamos utilizar el dinero ahorrado una vez empecemos a recuperarlo. También es importante aclarar cuánto tenemos pensado sacar cada año de su patrimonio.

Risk Quest 2

 

¿Cuál es nuestra actitud frente al riesgo?

El último paso es entender cuál es nuestra actitud frente al riesgo, proponiéndonos distintas situaciones que determinarán si somos aversos al riesgo y en qué medida. 

Risk Quest 3

Risk Quest 4

Los cuestionarios de riesgo o los tests de idoneidad pueden parecernos un trámite burocrático para que la entidad o el asesor esté legalmente protegido y para que cumplan con la normativa MiFID, pero tienen una importancia crucial a la hora de definir nuestro perfil de riesgo y, en definitiva, el tipo de inversor que somos.

 

Si quiere saber más sobre MiFID II visite nuestro sitio dedicado a ello

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Sobre el Autor

Fernando Luque

Fernando Luque  es el Senior Financial Editor de www.morningstar.es

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