Artículo publicado originalmente en la Revista de Julio/Agosto de Funds People
Un aspecto básico de los vehículos UCITS es que las gestoras actúan en beneficio de sus clientes y tratan a todos los inversores por igual. Para garantizarlo, las entidades reguladoras establecen los parámetros en virtud de los cuales deben operar los fondos y supervisan la correcta ejecución de las normas. En este sentido, la valoración de un fondo y el establecimiento del precio de negociación es un factor importante. En primer lugar, porque permite a los inversores comprar y vender participaciones a un valor razonable, pero también porque los precios de los fondos constituyen la base de la mayoría de las comparaciones absolutas y relativas, tanto con los índices de referencia como con la competencia. Básicamente, existen dos mecanismos de fijación de precios: el precio único, en el que todas las órdenes de compra y de venta se ejecutan al mismo precio, y el precio dual, más parecido al de las acciones cotizadas, en el que se establece un precio para la compra y otro para la venta. En este artículo nos centraremos en el mecanismo de precio único y en cómo afecta a los compradores, a los vendedores y a los inversores, así como a la comparación con otros fondos. El cálculo del precio es algo relativamente predecible y sencillo. Se toma el precio medio de valoración de mercado que tienen en un momento determinado cada una de las posiciones del fondo y se multiplica por el número de acciones. Luego se suman los valores y se divide por el número de participaciones emitidas.